miércoles, 22 de septiembre de 2010

PRO CONSUMIDOR PROHÍBE VENTA "ÁCIDO DEL DIABLO"

Pro Consumidor anunció la prohibición definitiva de la venta al público de destapadores de tuberías cuyo ingrediente activo sean productos ácidos inorgánicos como el sulfúrico, clorhídrico, nítrico y cualquier otra sustancia abrasiva con potencial daño a la salud y la seguridad ciudadana, conocidas comúnmente como “ácido del diablo”.
 La medida fue dispuesta mediante la resolución 104-2010 emitida este miércoles por el Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor, Pro Consumidor, ante el uso de esos ácidos como armas para agresión y  ataques entre particulares.
 Pro Consumidor informó que aunque se prohíbe al público la venta de los destapadores de tuberías, esos productos químicos inorgánicos (ácido del diablo) quedan autorizados de manera exclusiva para procesos industriales, empresas de servicio y técnicos o profesionales habilitados para tales fines.
La medida advierte que se sancionará la producción y comercialización en forma masiva de productos ácidos para el destape de cañerías y tuberías con potencial daño a la salud de la población.
 Pro Consumidor tomó la decisión en virtud de lo que establece el artículo 34, párrafo II sobre la regulación de las sustancias tóxicas, venenosas, irritantes, cáusticas, inflamables, explosivas, corrosivas, abrasivas o radioactivas y productos que en su composición la comprendan, así como en  los artículos 2, 22, 27, 37, 38 y 39 de la Ley 358-05 de Protección de los Derechos del Consumidor y Usuario.
 Conforme el artículo 22 de la Ley 358-05, “La Dirección Ejecutiva de Pro Consumidor estará facultada para representar los intereses de la población consumidora ante toda clase de autoridad u organismo público o privado, mediante el ejercicio de acciones, recursos, trámites o gestiones que sean requeridos”.

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